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El deber de proteger a los libios

ABU DABI – La soberanía no es un permiso para matar. Ningún Estado puede abdicar del deber de proteger a su pueblo de crímenes contra la Humanidad y menos aún justificar la perpetración de semejantes crímenes por su parte. Cuando un Estado deja manifiestamente de dar dicha protección, la comunidad internacional más amplia tiene el deber de hacerlo adoptando medidas “colectivas, oportunas y decisivas” mediante el Consejo de Seguridad y conforme al Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.

Se trata del principio del “deber de proteger”, que adoptó la cumbre mundial de Jefes de Estado o de Gobierno de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2005 y que después hizo suyo el Consejo de Seguridad. No hay un caso más claro para su aplicación que el de Libia hoy.

Las fuerzas del coronel Muamar el Gadafi han cometido por tierra y aire una matanza de centenares de libios –tal vez más de mil– que protestaban, al principio pacíficamente, contra los excesos de su régimen. Si no dimite, un mayor baño de sangre parece inevitable. La necesidad de adoptar medidas “colectivas,  oportunas y decisivas” es abrumadora.

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