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El futuro constitucional de Europa

La semana pasada, el Presidente de la Convención Europea, Valery Giscard d'Estaing, presentó un borrador preliminar para una futura Constitución de Europa. Se incluyeron todos los ingredientes de una constitución (valores, principios, derechos de los ciudadanos, las competencias de la Unión y de las instituciones que la componen, etc.). Este documento surgió a pesar del hecho de que el mandato de la Convención no otorgaba a los delegados la facultad de producir una constitución. De acuerdo con la Declaración de Niza, que ayudé a redactar como uno de los primeros ministros participantes, nuestra función era sólo simplificar y reestructurar los tratados básicos de la UE.

A medida que la Convención desarrollaba sus tareas, nuestro mandato fue transformado debido a varias presiones. Estas provenían de países miembros, organizaciones de la sociedad civil, y de cartas, documentos y mensajes de correo electrónico desde toda Europa. La presión democrática modificó nuestro mandato. ¡Cuando incluso el Ministro de Relaciones Exteriores de Gran Bretaña, un país feliz con su "constitución no escrita" de siglos de antigüedad, se manifiesta ansioso de tener una Constitución Europea, verdaderamente algo ha cambiado!

Sin embargo, académicos como Ralph Dahrendorf y Joseph Weiler sugieren que una Constitución Europea no tiene sentido, porque una constitución democrática presupone una notable identidad en común, la que no está presente en una UE donde todavía prevalecen las lealtades nacionales individuales. Otros, como Robert Dahl, argumentan que la democracia requiere de comunidades más pequeñas, basadas en intereses personales y relaciones personales. Para ellos, Europa es quizás demasiado grande para poder crear instituciones verdaderamente democráticas.

Tales objeciones teóricas deben considerarse frente al hecho de que Europa ya existe; de hecho, todos los días se toman decisiones a nivel europeo que tienen consecuencias sobre nuestras vidas. Puede que no nos guste, pero la UE es parte de nuestro de nuestro sistema de gobierno, como las municipalidades, las regiones y las naciones estado. De modo que la pregunta no es si Europa existe, sino si estamos satisfechos con la manera en que funciona. Si no lo estamos, ¿podemos arreglarla, y es una constitución la manera de hacerlo?

El primer problema que requiere de una solución "constitucional" es una identidad clara y unificada para Europa. No mucha gente se da cuenta de ello, pero debido a la multiplicidad de tratados de los que surgieron las instituciones europeas actuales, "Europa" no es una entidad unitaria; de hecho, la "Unión Europea" y la "Comunidad Europea" denotan dos cosas distintas.

La Comunidad es un conjunto de instituciones creadas en la década de 1950 para establecer un mercado común. Cuando más adelante decidimos tener una política exterior común y cooperar en las áreas judicial y policial, inventamos la Unión. La Unión se ocupa de política exterior; la Comunidad, de la integración económica.

Una consecuencia de esto es que en el caso de los acuerdos con terceros países que tengan relación tanto con asuntos de relaciones exteriores como económicos son necesarios dos tratados diferentes: uno para la Unión y otro para la Comunidad. Esto confunde incluso a los diplomáticos extranjeros experimentados que negocian con Europa. Si los confunde a ellos, no es de extrañar que sea casi incomprensible para los ciudadanos comunes. ¿Cómo puede un ciudadano europeo realmente identificarse con Europa si no existe una única "Europa"?

La confusa identidad legal de Europa genera otro efecto pernicioso. Si la Comunidad hace algo que afecta los derechos de una persona, ésta puede entablar un juicio. ¡Pero si la Unión usurpa los derechos de esa misma persona, el acceso a la justicia puede ser imposible, ya que ocurre que la Unión no tiene personalidad jurídica!

El siguiente problema que se debe abordar, y que también tiene implicaciones constitucionales, es la naturaleza anónima y burocrática de las leyes europeas. La posibilidad de criticar a las instituciones es parte esencial de la democracia, así como la protección de una cantidad de derechos legales. Pero es difícil criticar a las instituciones de Europa, ya que producen leyes que las personas comunes no pueden nombrar ni comprender.

En la vida nacional, las disposiciones legales de los parlamentos se llaman "estatutos" o "leyes", y usualmente tienen nombres que permiten que las personas puedan estar a favor o en contra. En la UE tenemos "reglamentos", "directivas", "decisiones", "pautas generales", "estrategias en común", "acciones en común", "posiciones en común", una miríada que sólo los expertos pueden comprender. Cuando se publica una "directiva", usted no sabe quién es responsable; en lugar de ello, se conoce como, digamos, la "Directiva 17.62" (lo que significa que es la directiva no. 17 publicada en 1962).

En Italia hay en la actualidad un controvertido estatuto que cambia las reglas del procedimiento criminal de maneras que podrían ser de utilidad para notorias personalidades públicas. Bueno, el nombre del Senador Cirami está ligado a ese proyecto. ¡Por lo menos podemos luchar a favor o en contra de "la ley Cirami"! ¿Sería lo mismo si el proyecto se hubiera llamado "Reglamento 75"?

Debido a que Europa tiene tantos cuerpos que legislan (el Consejo de Ministerios, el Consejo para la Agricultura, el Consejo para la Industria, el Consejo para el Medio Ambiente, etc.) no podemos saber quién está haciendo qué y por qué. Necesitamos un consejo legislativo único, un Parlamento Europeo bicameral, con una cámara que represente a los estados miembros y la otra, al electorado europeo.

En este sistema simplificado, la legislación se llamará legislación, y los reglamentos ejecutivos, como en la mayoría de los sistemas legales, llenarán los vacíos en la legislación principal. Este es un modo de funcionamiento que los ciudadanos europeos podrán comprender.

El borrador de documento constitucional presentado la semana pasada introduce pequeños pero significativos cambios que pueden dar a los ciudadanos europeos la facultad de identificarse con Europa y también de criticarla. Busca dar forma a una sola entidad legal unificada. Ya se llame Unión Europea, Estados Unidos de Europa, Europa Unida, o de otra manera, también proporcionará un sistema unitario y simplificado de leyes normativas que permitirán más transparencia y capacidad de rendición de cuentas.

La estructura institucional contemplada por la Constitución Europea propuesta también debería reflejar y ayudar a desarrollar las aspiraciones más amplias de Europa. Europa debe ser más que un vehículo de integración económica, lo que en todo caso ya casi se ha logrado. Expresado de la manera más sencilla, esperamos una Europa que sea justa. Esperamos que se lleve a la práctica nuestro modelo social. Esperamos que las áreas económica y social estén conectadas. Esperamos que Europa juegue un papel positivo en el mundo.

Por supuesto, habrá obstáculos en el camino. Uno de ellos es que una mejor Europa no puede ser sinónimo de un sistema centralizado. Los gobiernos democráticos son demasiados complejos para ello. Un desafío crucial será lograr el equilibrio adecuado entre las instituciones europeas, nacionales, regionales y locales. Pero si el pueblo ha de dar el poder para que se cree una Constitución para Europa, todos sus lazos y valores deberán ser respetados por ella.

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